La Concejalía de Agricultura y Ganadería informa de las ayudas regionales para las asociaciones de defensa sanitaria ganaderas de la Región de Murcia, previstas hasta el próximo día 5 de junio, y recogidas en el acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 784/2009, de 30 de abril.
Según la norma, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden las Federaciones y/o Asociaciones de Defensa Sanitaria legalmente constituidas, de acuerdo con su normativa específica; las Organizaciones Profesionales Agrarias que estén en posesión del título de A.D.S.
Asimismo, podrían ser beneficiarias las Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito local o comarcal, que puedan demostrar, mediante certificado del representante o del órgano correspondiente de alguna de dichas Organizaciones Profesionales Agrarias de ámbito regional, que se encuentran vinculadas a éstas y que acrediten estar registradas en la Oficina Pública de Depósito de Organizaciones Profesionales de la Consejería de Trabajo y Política Social.
También pueden acogerse a estas ayudas las Asociaciones Profesionales de ámbito ganadero, las Federaciones y Uniones de Cooperativas Agrarias de ámbito ganadero, así como las Cooperativas Agrarias y Sociedades Agrarias de Transformación con un mínimo de 30 socios, que puedan demostrar mediante certificado del representante o de alguna de dichas Federaciones y Uniones, que se encuentren vinculadas a éstas y que acrediten estar debidamente inscritas en el Registro de Cooperativas.
Se establece un régimen de ayudas para la realización de los programas de Fomento de las producciones ganaderas y de la mejora genética, Programas de mejora de la higiene de las explotaciones, Programas de bienestar animal, Programas de implantación de sistemas de identificación y registro de ganado.
De igual forma, se incluyen los programas de Mantenimiento y mejora de la calidad genética del ganado, Implantación de sistemas de mejora de la higiene de explotaciones ganaderas, Implantación de actividades que mejoren el bienestar animal e Implantación de sistemas de identificación y registro de ganado.
La solicitud en modelo normalizado deberá dirigirse a la Dirección General de Ganadería y Pesca, y se presentará en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia (Plaza Juan XXIII, C.P. 30008) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La solicitud deberá ir acompañada de una acreditación de la personalidad jurídica de la Organización y de su representante, para lo cual se acompañará; copia, con el carácter de auténtica, o fotocopia compulsada, de los Estatutos de la Entidad solicitante y de la inscripción en el Registro correspondiente; fotocopia compulsada del CIF y certificado o documento que acredite la representación del representante de la Entidad solicitante del año para el cual se solicita la ayuda.
De igual modo, se deberá presentar certificación de la Entidad Bancaria correspondiente del código cuenta cliente reflejada en la solicitud, a la que se deberá transferir la cuantía de las ayudas; certificado del representante de la Entidad solicitante en el que consten, si existen, ayudas solicitadas y, en su caso, obtenidas para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones Públicas o de otros Entes públicos o privados; certificado, en su caso, de tener reconocido el derecho de exención del IVA y documento declarativo de la condición de PYMES de cada una de las explotaciones integradas en la entidad solicitante.